Publicado en el BOE el Real Decreto 235/2013, de 5 de Abril con todas las características generales del futuro Certificado Energético. Pronto podremos empezar a realizar los Certificados Energéticos.
Entendemos que ya era hora de la aparición de una Norma que durante más de un año ha sido el centro de atención de una parte importante de la sociedad y más de un sector tan castigado como es el de la construcción, donde se intentara revivir a base de Certificados Energéticos y del nuevo «Plan Estatal de vivienda 2013-2016» donde se estima que por medio de las subvenciones y los diferentes planes acarrearan un aumento de la ocupación en la sociedad española. Recordemos que «Se anuncia una inversión de 2.500 millones de euros en los nuevos programas de vivienda, de los que 1.500 millones irán destinados a facilitar el acceso a la vivienda y otros 627 millones a la rehabilitación y eficiencia energética.»
A falta de un examen exhaustivo de las nuevas características que va a presentar el Certificado Energético, sea el registro, transposición a Comunidades Autónomas, competencias…etc. Ya tenemos acceso en el BOE al Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios.
.
En el año 2002 la Unión Europea inició el proceso encomendado por el Tratado, y fruto de ello nació la Directiva 2002/91/CE y su posterior refundición en la Directiva 2010/31/UE. Tras 10 años de vigencia, España transpone a su marco normativo lo establecido en las mismas. No se entiende desde la Comunidad Europea como España ha retrasado la apertura de un tema tan importante y transcendental en la sociedad. Solamente con esos 10 años de demora, nos obliga a preocuparnos por el tipo de «perfil político» y la «voluntad política» que existe en España.
Os dejamos el Link del BOE el Real Decreto 235/2013 donde podréis observar todos las características, definiciones y demás del Certificado Energético.
+Info:
- Procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios
- Por otra parte el día 13/04/2013 se ha publicado también en el BOE la actualización del RITE. Real Decreto 238/2013 (Aquí)
Pingback: Bitacoras.com
Reblogged this on Algorta.
La verdad es que el certificado de eficiencia energética no es más que una nueva forma de robar como mínimo 300 euros a cada ciudadano europeo, cuya necesidad sea precisamente la de vender o alquilar su piso para mantener a la casta de corruptos que nos gobierna en la sombra: la Asociación Europea de Empresarios, a la que más bien se debería definir como mafia masónica.
No puedo responder por la «Asociación Europea de Empresas». Evidentemente creo que no hay lugar, institución u organismo en España que no salte algún político o presidente, dirigente..etc corrupto. Es una realidad del día a día…Pero debemos de avanzar en una sostenibilidad coherente, que dentro de este ámbito y como complemento aparece el Certificado Energético. No comento nada por el precio del Informe dado que el mercado de la oferta y demanda determinara su valor final. Pero hay que constatar algún valor añadido en aquellos bienes con una alta cálificación Energética.
Entendemos que antes de la aprobación se debería de haber realizado -por parte de la administración- una campaña informativa de cara al consumidor para que todos entendamos las características, exigencias y posibles funcionalidades-beneficios de los futuros certificados energéticos.
Como ejemplo: (con una mayor calificación energética)
– Mayor valor de mercado. la propiedad se diferenciara del resto de inmuebles en su venta o alquiler. para los ocupantes, aportará una ‘imagen verde’.
-Menores costes. el ahorro que supone que el inmueble funcione con menor energía, y que necesita de un menor mantenimiento.
-Mayores ingresos. al estar más solicitadas, estas construcciones tienen unas tasas de vacantes en alquiler más bajas y en ventas mayores.
Entre otros puntos…Un saludo
Qué os parece: http://blog.netenvira.com/los-edificios-sometidos-a-grandes-reformas-no-necesitaran-certificado-de-eficiencia-energetica/
Efectivamente. Tal como indica el nuevo Real Decreto 235/2013:
«Si bien esta transposición podría realizarse mediante una nueva disposición que modificara el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, y que a la vez completara la transposición contemplando los edificios existentes, parece pertinente que, por economía administrativa, se realice mediante una única disposición que refundiendo lo válido de la norma de 2007, la derogue y complete, incorporando las novedades que incorpora la nueva directiva y amplíe su ámbito a todos los edificios, incluidos los existentes» (Menos La Comisión Asesora para la Certificación de Eficiencia Energética (Art. 14 Real Decreto 47/2007)
El Real Decreto 235/2013 no consta ninguna alusión a «Rehabilitación» siendo que el Real Decreto 47/2007…Art.2 – Ámbito de aplicación…»modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes, con una superficie útil superior a 1.000 m2 donde se renueve más del 25 por cien del total de sus cerramientos» como muy bien indica el Artículo expuesto.
A tener en cuenta y como recordatorio que del presente Real Decreto 235/2013 se tiene que transponer a las Comunidades Autónomas, inicialmente en la implantación de un Registro para los Certificados Energéticos (En menos de tres meses desde el 14/04/201) y algún órgano de control, punto donde se pueden suscribir y adoptar como obligatoriedad otros puntos que sean concernientes y complementarios (Más restrictivos) con la finalidad de ampliar el Real Decreto y cumplir en mayor medida con la Normativa Europea. Recordemos que por cada certificado que se registre aumentara las arcas de las Comunidades Autónomas (Según el Dictamen 95/2013 se estima alrededor de 30€ Por registro)….¿Desaprovecharan esta oportunidad?
Un saludo.
When I first saw this title Certificado energético publicado en el BOE el real decreto 235/2013 | Certificado Energético on google I just whent and bookmark it. I appreciate, cause I found just what I was looking for. You have ended my 4 day long hunt! God Bless you man. Have a nice day. Bye
También puedes gestionar el certificado energético desde nuestro comparador de tarifas de luz y gas comparativas tarifas eléctricas
WE particularly praise to the creator of the article. The way you talk about and presented the piece of information which is brilliant. It appears you have very complete information with regards to the article of the post.Anyone may want to write, but the way the writer of content has got written it’s realistically might need time and versatility. Not everyone can create with brilliant ideas neither versatility but you honestly have done a great job.I am in actuality curious and would love to check out again and read your blogs.
I Do especially admire to the writer of the piece of writing. The way you express and shown the piece of information that is magnificent. It sounds you have very deep information about the topic of the post.Every single has the capability to write, but the format the publisher of writeup has written it’s highly need time and visualization. Not everyone can craft with brilliant ideas neither visualization however you significantly have done a great job.I am pretty much curious and would love to check out again and look over your postings.
I simply want to say I am just beginner to blogging and site-building and seriously enjoyed this web page. Most likely I’m planning to bookmark your blog post . You surely have outstanding stories. Thank you for sharing with us your web page.
Una de las mejores maneras de ahorrar en la factura de luz y gas es utilizar el comparador de tarifas de luz y gas comparativas tarifas eléctricas
Una de las mejores maneras de ahorrar en la factura de luz y gas es utilizar el comparador de tarifas de luz y gas de comparativas tarifas eléctricas